ALCANCE Y CONTENIDO DEL NUEVO PORTAL INFORMATIVO DEL CONCEJO MUNICIPAL
PEDRO ZARAZA DE AVANCE LEGISLATIVO DE
ORDENANZAS MUNICIPALES.-
En el marco
Constitucional se desarrolla un Principio Fundamental establecido en el Artículo 178, relativo
al Poder Público en el Artículo 178, el cual establece: “Son de la competencia del
Municipio el Gobierno y Administración de sus intereses y la gestión de las
materias que le asigne esta Constitución y las leyes nacionales, en cuanto concierne a
la vida local, en especial la ordenación y promoción del desarrollo económico y
social, la dotación y prestación de los servicios
públicos “en fundamento a esta
norma Constitucional y a La Ley Orgánica de Régimen Municipal se atribuye a los Municipios, en el ejercicio de
su autonomía y en el ámbito de sus competencias, promover toda clase de actividades y prestar cuantos servicios públicos que
contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad,
con el alcance que determinen las leyes
del Estado; siendo estos la unidad política primaria de la organización nacional,
que goza de personalidad jurídica y autonomía dentro de los límites de la
propia Constitución y de la Ley; es por tanto la encargada de la satisfacción de las necesidades
básicas de sus habitantes. En este orden
de ideas el CONCEJO MUNICIPAL PEDRO ZARAZA, como parte de
esa estructura Organizativa en su función Legislativa, constituye una
herramienta fundamental que contribuye en el proceso de
satisfacción de esas necesidades básicas
y aspiraciones de su comunidad, en
EL PROCESO DE FORMACION Y ADAPACION DE ORDENAZAS, como
Instrumentos necesarios y fundamentales en el cumplimientos y logro de estos
objetivos. Así mismo, el proceso de cambio y avance tecnológico que actualmente enarbola Venezuela impulsa en
el Marco Constitucional la participación
ciudadana como un Derecho-Deber, de todos los ciudadanos y ciudadanas
venezolanas de intervenir libremente en los asuntos públicos, directamente o
por medio de sus representantes, así como también la obligación
solidaria de involucrarse en la vida política, civil y comunitaria del país,
conforme a lo previsto en los artículos 62 y 132 de la Constitución de la República Bolivariana
de Venezuela, EL PRESENTE PORTAL, tiene
también por objeto someter a la
consideración del pueblo SUS PROYECTO DE
ORDENANZAS, a través de uno de sus más importantes medios
de Participación Ciudadana “LA CONSULTA PÚBLICA DE ORDENANZAS” a los fines de que sus comunidades incorporen
las observaciones y propuestas que tengan a bien hacer en el ejercicio de su
DERECHO DE PARTICIPACIÓN, de conformidad a lo establecido en los Artículos
70 de nuestra Carta Magna, el Artículo 258 ordinal 3, y Artículo 265 de la
Ley Orgánica del Poder Público Municipal.
CONCEJO
MUNICIPAL PEDRO ZARAZA
Glevi
A. Azuaje Gutiérrez
Presidente
Concejales:
Carmen Graciela Corrales Y.
Jonathan José Taipe M. Edith Josefina Álvarez
Vice-presidenta
Juan
Alexander Balza F. José Neptali Delgado J. Jairo Ramón Bello
Carlos
Alfredo Motaban
Secretario
Municipal
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